Análisis

POR LA DEFENSA DE NUESTROS DERECHOS

El derecho a la información y comunicación está incorporado en la Constitución Política del Estado Plurinacional en el Capítulo Séptimo, Artículo 106, Párrafo I sobre la Comunicación Social en la que señala: “El Estado garantiza el derecho a la comunicación y el derecho a la información”.

El derecho a la información consiste en recibir, investigar y difundir información. Tres principios que posibilitan que los ciudadanos podamos ejercer esos derechos para aportar a la democracia y permitir que la democratización de la comunicación sea posible por todos los medios a nuestro alcance.

No sólo se trata de recibir información y asumir una actitud pasiva, a la espera de conocer lo que otros piensan, sienten y expresan sobre un hecho o una idea, tampoco se trata sólo de emitir información como un simple parlanchín asumiendo un rol protagónico y aprovechándose del medio para lograr un fin personal.

En todo caso, el recibir, investigar y difundir información, implica un compromiso del ciudadano para ser actor y protagonista, emisor y perceptor, para que sobre la base de estos tres principios, se contribuya siendo sujeto activo y participativo de los procesos de cambio que vive el país.

El derecho a la comunicación incorpora a su vez otros derechos que también están garantizados desde el Estado en su legislación, como el derecho a la libertad de expresión, libertad de prensa, de difusión y libre circulación de ideas, además el derecho al acceso de la información.

Pero también está el derecho al acceso a la propiedad de medios y el uso de canales de comunicación, siempre y cuando esos medios y canales no contravengan las disposiciones jurídicas, contribuyan a generar paz, armonía y estabilidad social en el país.

La propiedad de los medios sin restricciones de ninguna naturaleza, pueden ser privados: de naturaleza comercial, empresarial, religiosa, de Organizaciones No Gubernamentales (ONG),  pero también públicos o estatales, es decir, financiados con fondos estatales, como lo hacen ahora con la Red Patria Nueva, la Agencia Boliviana de Información (ABI),  el periódico Cambio y Bolivia TV Canal Siete.

Los medios y canales como la radio en sus diferentes tipologías, la televisión, los medios impresos, el periódico digital, la televisión por cable, las redes sociales, el satélite y otros que posibilitan democratizar la palabra y logran la participación y la interacción de todos los sectores de la sociedad boliviana.

Ahora, el derecho a la información y el derecho a la comunicación no están solo dirigidos a los periodistas, –como se cree habitualmente–, esos derechos corresponden a todo ciudadano independientemente de su condición social, política, económica y religiosa y somos cada uno de los ciudadanos los que debemos asumir un rol decisivo en la defensa de cada uno de los derechos, en concordancia con la Constitución Política del Estado Plurinacional y los Convenios Internacionales firmados por el Gobierno boliviano.

El Estado está en la obligación de precautelar y proteger esos derechos como norma básica. La ciudadanía, por su parte, constituye el vigilante para que sus derechos se cumplan en el marco del respeto, la tolerancia y el apego a la legislación.

Pretender conculcar cualquiera de estos derechos no es más que desconocer las leyes y normas que rigen en el país, independientemente de posiciones políticas, partidarias e ideológicas.

El derecho a la información y comunicación en una sociedad democrática, contribuyen a generar espacios de análisis, debate, discusión y consenso, en aras de respetar la libertad de expresión de todos y para todos. Bienvenidas sean las acciones que ayuden a precautelar y defender esos derechos.

El autor es periodista y docente universitario