Análisis

Miguel Manzanera S.J: “MISERICORDIA DIVINA EN LA CRISIS CONYUGAL”

Como conclusión del Sínodo sobre la Familia el Papa Francisco ha dado a conocer en la fiesta de San José, el 19 de marzo de 2016, la Exhortación Apostólica “La Alegría del Amor en la Familia”, que ha causado un impacto grande en muchas personas y familias católicas y también entre las no católicas. Las opiniones se han dividido sobre todo en el tema de los casados por la iglesia, divorciados civilmente y vueltos a casar. 
 
No han faltado críticas que tildan al Papa de romper con la tradición y la enseñanza secular de la Iglesia, fundamentada en las palabras del mismo Jesús: Las personas que se divorcian de sus cónyuges y se casan de nuevo cometen adulterio (cfr. Mt 19, 9, par.). Viven en una situación irregular y por lo tanto no pueden recibir válidamente el sacramento de la comunión y ni tampoco el de la confesión, mientras no se arrepientan y se comprometan a vivir en total continencia (Catecismo de la Iglesia Católica1650).
 
El Papa aborda el problema de los divorciados y vueltos a casar como un problema mayor. La crisis matrimonial se ha ido agravando a lo largo de las últimas décadas bajo la influencia de la cultura globalizante, inficionada por una carga fuerte de erotismo que ha invadido los espectáculos, los medios de comunicación y los ámbitos escolares y familiares. Muchas personas tienen y mantienen relaciones sexuales extramatrimoniales como algo normal, casi  como una necesidad. Por lo tanto no sólo la fidelidad conyugal está fuertemente amenazada, sino también el mismo matrimonio. Han disminuido las uniones matrimoniales y aumentado las convivencias concubinarias y los divorcios con sucesivos matrimonios civiles.
 
Dada esta grave situación familiar, ya el Papa Juan Pablo II en el año 1981 en su Exhortación Apostólica “Familiaris Consortio” (84) ofreció una vía de solución ascética moral a este problema. Los esposos irregulares pueden ser admitidos a la comunión si, arrepentidos por no haber sido fieles a la alianza fiel de Cristo con la Iglesia y, no pudiendo romper esa unión por motivos serios, se comprometen a vivir en continencia, absteniéndose de los actos sexuales conyugales.
 
Esta vía ascética moral fue también reconocida en el año 2007 por el papa Benedicto XVI en la Exhortación Apostólica “Sacramentum caritatis” (29), donde, además, plantea una vía jurídica procesal más definitiva. Consiste en que el cónyuge divorciado, cuando tiene dudas legítimas sobre la validez de su anterior matrimonio religioso, acuda al tribunal eclesiástico competente para examinar la validez de su matrimonio. En caso de que el tribunal dicte una sentencia de nulidad matrimonial, cada uno de los cónyuges puede, si lo desea, contraer nupcias. Desde el 8 de diciembre de 2015 está vigente una nueva normativa del Papa Francisco que simplifica y facilita los procesos eclesiásticos de nulidad matrimonial para que sean mucho más asequibles y menos largos y onerosos.
 
Ahora en la reciente Exhortación “Amoris laetitia” Francisco queriendo aliviar la prohibición de comulgar de muchos divorciados y vueltos a casar, propone una tercera vía más práctica y pastoral. Consiste en que los cónyuges irregularmente casados examinen, personal y/o comunitariamente, su situación en oración y disciernan sobre si de su parte han hecho todo lo posible para intentar resolver el problema por las dos vías arriba expuestas.
Esta tercera vía puede solucionar la angustia de muchas personas convivientes irregulares. El Papa conoce bien esa situación. Como Arzobispo de Buenos Aires atendía a las periferias pastorales, vale decir a aquellas personas vueltas a casar civilmente a quienes se les hace difícil vivir en la gracia de Dios. Trata de ayudarlas para que no se sientan excluidas de los sacramentos de la Iglesia sin por ello atentar contra la santidad del matrimonio y de la comunión eucarística.
 
Para ello Francisco, sin mencionarlo, apela a un principio ético-jurídico clásico “Ad imposibilia nemo tenetur”, “Nadie está obligado a realizar cosas imposibles”. El Papa aplica este principio “a la salvación de las almas que debe ser siempre la ley suprema de la Iglesia”, tal como concluye el Código de Derecho Canónico (canon 1752),
 
Con ello el Papa apela a la misericordia divina tal como lo explicó el 30 de junio de 2016 en un encuentro que, como Obispo de Roma, tuvo con los sacerdotes de esa Iglesia diocesana, considerada la Primera en la Caridad. En la conferencia, pronunciada en un tono coloquial dio a conocer las líneas profundas de la Exhortación “La alegría del Amor en la Familia”. En último término el Papa apela al Dios misericordioso  que es también Familia y Juez supremo de la moral, de la pastoral y de toda la vida de la Iglesia.