Análisis

DE MANDATARIOS Y DE MANDANTES

El mandatario se define como la persona que recibe del mandante, en el contrato de mandato, el encargo de ejecutar actos jurídicos por cuenta del segundo. La Real Academia Española define al mandatario como la “persona que, en virtud del contrato consensual llamado mandato, acepta del demandante representarlo personalmente, o la gestión o desempeño de uno o más negocios”.

La ciudadanía boliviana —al momento de elegir a sus autoridades y asumir éstas la posesión de sus cargos— delega en ellas un mandato de representarla y gobernarla durante un determinado tiempo. Esto establece que la ciudadanía sea el mandante y los gobernantes, los mandatarios. El mandante tiene toda la potestad de acceder a los medios que considere necesarios para vigilar el cumplimiento del mandato otorgado. Bajo este aspecto, los medios de comunicación son los canales factibles para que todo ciudadano pueda acceder a la información, respecto a la gestión desarrollada por los mandatarios, en este caso, sus autoridades. Esto es democracia.

Los medios de comunicación no se constituyen en jueces ni interpeladores de persona alguna o autoridad vigente. Los medios tampoco tienen a su cargo la responsabilidad de fiscalizar la gestión de las instituciones, su rol se limita a investigar y difundir la información necesaria, rol delegado por el ciudadano conforme su derecho a la información. Por esta razón, el sistema democrático se apoya en el derecho a la información para su sostenibilidad, el mandante necesita ser informado respecto al cumplimiento del mandato encargado a sus mandatarios y son los medios de comunicación, la fuente vital para responder a esta necesidad.

Todo medio de comunicación tiene la obligación de informar con la mayor veracidad posible. Para ello, es indispensable que los informantes, en este caso los periodistas, puedan acceder a todas las fuentes de información, sin discriminación alguna. Negar el acceso a la información a los periodistas desemboca en la negación de la facultad de vigilancia de todo ciudadano. Bajo este criterio, toda censura en la información va contra la democracia.

Si bien la información no debe ser negada ni censurada, es necesario pronunciarse respecto a la influencia de los intereses comerciales en la difusión de noticias (expresada en las denominadas publinotas), el incumplimiento de la Ley 494 y el Estatuto Orgánico del Periodista (que establecen el ejercicio periodístico específicamente a profesionales), el drástico régimen laboral de los trabajadores de prensa, la vulneración de sus derechos laborales frente a las tendencias de incrementar el nivel de audiencia o teleaudiencia (rating), el no fomentar a la producción nacional y regional sobre la producción extranjera.

Los medios de comunicación no tienen clientes, no comercializan productos, por lo cual la información no es objeto de mercadería. Los medios de comunicación hacen posible que la información sea un derecho y no un privilegio o mecanismo de control.

El autor es director de la Carrera de Ciencias de la Comunicación de la UMSS.